CCL: Multas por no depositar la CTS van desde S/ 355 hasta más de S/ 70,000

El lunes 15 de mayo vence el plazo para que los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa depositen la CTS noviembre 2016 – abril 2017.

Las multas por no depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y por no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito pueden superar los S/70,000 y los S/42,000, respectivamente, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

El gremio empresarial recordó que el plazo vence el lunes 15 de mayo del 2017. Conforme al Decreto Supremo 012-2013-TR (07.12.13), las sanciones se ubican en tres escalas de multas diferenciadas, la primera para la microempresa, la segunda para la pequeña empresa y la tercera para la mediana y gran empresa.

 “Las multas varían según se trate de infracciones leves o infracciones graves. Para determinar el monto de la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT del 2017, de S/4.050”, indicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Multa máxima. Cabe indicar que está vigente la Ley N°30222, publicada en el 2014, que ha dispuesto que la Sunafil realice campañas de fiscalización laboral en forma preventiva y orientadora respecto del cumplimiento de las normas laborales y que durante tres años, entre el 12 de julio del 2014 y el 11 de julio del 2017, las multas no serán mayores del 35% de la que resulte de aplicar la escala correspondiente al caso concreto.

En el cuadro siguiente se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS.
Multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS. | Fuente: CCL

Las empresas deben tomar en cuenta el sueldo del trabajador al 30 de abril, a ello agregarán un sexto de la gratificación pagada en diciembre 2016 y la CTS a depositar será equivalente al 50 por ciento de la suma de ambos conceptos.

También les depositan. En octubre del 2015, el Congreso de la República aprobó la ley que dispone que este pago para los trabajadores públicos sea semestral como en el sector privado y así estos empleados no tengan que esperar al término del período laboral para recibir sus depósitos.

Aunque no es lo recomendable, si los trabajadores desean retirar parte del dinero de su CTS, pueden sacar el 100% de su CTS que exceda a cuatro sueldos y se debe considerar el sueldo al 30 de abril, multiplicado por cuatro.

Fuente: rpp.pe

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