La norma ha sido pre publicada en la web de la Sunat y recibirá comentarios de contribuyentes interesados hasta el 16 de junio.
A partir del 3 de julio los peruanos que tengan montos de dinero que no hayan declarado a la Sunat en el país o el extranjero, podrán regularizar su deuda sin pagar multas, de acuerdo al régimen de repatriación de capitales publicado por el ejecutivo en diciembre del año pasado y cuya resolución acaba de ser pre publicada por el recaudador.
Claudia Suárez, superintendente adjunta del ente tributario, indicó que el adelanto de la norma se puede revisar en web de la Sunat hasta el 16 de junio para ser comentada por los contribuyentes que no hayan declarado ingresos hasta el 31 de diciembre del 2015.
¿Qué beneficios obtendrán quienes sinceren sus deudas? La Sunat indicó que una vez presentada su declaración, ya no le pedirá al contribuyente ningún comprobante que sustente sus ingresos. Asimismo, como incentivo para declararlos, las tasas que se aplicarán sobre las rentas no superarán el 10% y podrán ser cancelados directamente luego de presentar su solicitud a través de la web de la Sunat.
Metas de recaudación. La funcionaria comentó que aún no se tiene una estimación clara de cuánto impuesto se podría recaudar con este régimen especial, pero comparó la medida con una similar que se realizó en Chile, donde se obtuvo más de us$1,000 millones de dólares.
«Somos lo más optimista posibles, este régimen en Chile rindió mil 500 millones de dólares cuando ellos esperaban 200 millones de dólares y se ha considerado sumamente exitoso», estimó.
Finalmente, la funcionaria instó a que las personas que quieran acogerse a la medida se informen cuanto antes de qué pasos a seguir en www.sunat.gob.pe ya que una vez abierto el régimen, solo podrá acogerse hasta el 29 de diciembre de este año.
Fuente: rpp.pe