¡Laney responde!

Email Marketing - Person on Laptop Sending Virtual Envelopes

¿En una fusión de empresas por absorción, qué sucede con el crédito fiscal de los comprobantes de pago aún emitidos a nombre de las empresas absorbidas?

De acuerdo con el inciso 12 del artículo 6 del Reglamento de la Ley del IGV, los comprobantes emitidos a nombre de las empresas absorbidas durante los cuatro (4) primeros meses, contados desde la fecha de inscripción de la escritura pública de reorganización de sociedades en los Registros Públicos, podrán otorgar derecho al crédito fiscal a favor de la empresa absorbente.

www.laney.com.pe

In a merger by absorption what happens to the tax credit of the payment vouchers still issued forthe merged companies?

According to paragraph 12 Article 6 of the Regulations of the IGV Law, vouchers issued to the merged companies during the first four (4) months from the date of registration of the deed of reorganizing societies in the Public records may provide for a right to the tax credit in favor of the acquiring company.

www.laney.com.pe

¡Laney responde!

Email Marketing - Person on Laptop Sending Virtual EnvelopesSi pago mis impuestos fuera de fecha, ¿qué tasa de interés deberé pagar?

La tasa de interés es de 1.2% mensual o 0.04% diario.

www.laney.com.pe

If I pay my taxes out of date, which interest rate will I pay?

The interest rate is 1.2% per month or 0.04% per day.

www.laney.com.pe

¡Laney responde!

Email Marketing - Person on Laptop Sending Virtual Envelopes
Cuando quiero pagar una detracción de una factura pagada en dólares, ¿debo tomar el tipo de cambio de la emisión de la factura o la del pago?
Se debe tomar el tipo de cambio de la fecha de emisión. Este tipo de cambio debe ser el tipo de cambio de venta publicado en la página web de SUNAT.
Our team of experts answers questions received through www.laney.com.pe
When I want to pay a «detracción« of a bill paid in dollars, should I take the exchange rate of the issuance of the invoice or payment?
It should be the exchange rate of the date of issuance. This rate should be the selling exchange rate published on the website of SUNAT.

¡Laney responde!

viernes.jpgRecibimos en nuestro buzón la siguiente consulta en materia laboral:
¿Cuantos días de Licencia le corresponden al trabajador por nacimiento de un hijo o por fallecimiento de un familiar directo?
De acuerdo a nuestra Legislación  la licencia por nacimiento de un hijo es de 4 días hábiles consecutivos y es competencia del trabajador comunicar al empleador con anticipación no menor de 15 días naturales respecto a la fecha probable de parto. En cambio, en caso de fallecimiento de familiar directo no existe un número de días que se deba otorgar de acuerdo con la ley, quedando la decisión a criterio del empleador.
Our experts answer the following query:
How many days of leave correspond to the worker by birth of a child or death of a family member?
According to our legislation leave for birth of a child is 4 consecutive business days and is the responsibility of the employee to give notice to the employer at least 15 days prior to the estimated due birth date. However, in case of death of a family member there is no particular number of days that must be granted in accordance with the law, leaving this decision to the discretion of the employer.

www.laney.com.pe

Expertos del equipo de Laney responden las consultas recibidas en nuestro buzón

Email Marketing - Person on Laptop Sending Virtual Envelopes¿Cuál es el procedimiento que debo seguir si un trabajador falta más de tres días consecutivos?
La falta por más de tres días consecutivos tipifica de acuerdo a lo establecido por Ley como un abandono de trabajo que será causa de despido por cometer una Falta Grave. Para ello se le debe notificar de manera notarial al trabajador la falta cometida y darle un plazo de seis días naturales para que pueda realizar el descargo respectivo. Luego de ello y no habiendo recibido el descargo respectivo se deberá enviar la Carta de Despido por falta Grave respectiva también de manera notarial.
¿Tienes alguna consulta? Contacta con nosotros a través de la página web

Buzón de consultas

Doubt and Solution - Solutions and Ideas Concept

Recibimos la siguiente consulta en nuestro buzón: ¿Es posible realizar el pago a un proveedor sin proceder al pago de la detracción, debido a que el servicio facturado esta afecto al SPOT?

Al no proceder con el pago de la detracción se estaría incurriendo en una contingencia tributaria. El gasto-costo no sería deducible y el crédito de IGV no se podría considerar en el registro de compras.

¿Tienes consultas como ésta? Contacta con nosotros a través del correo en la web