Devolución de impuestos: Sunat permitirá pagos en efectivo para deducir gastos ¿en qué casos?

Ya no todos los pagos deberán ser bancarizados.

Ante el malestar mostrado por los contribuyentes durante el 2018, la Sunat permitirá que apliquen a las deducciones los pagos en efectivo por servicios profesionales y arrendamiento de inmuebles hasta por un monto de S/ 3,500 o US$ 1,000 y que hayan sido realizados desde el 1ro de enero del 2019.

Los montos mayores a S/ 3,500 o US$ 1,000 mantendrán la obligación de ser bancarizados, señaló a Gestión.pe José Luis Calle, Supervisor de la Central de Consultas de la Sunat.

“Hasta el 31 de diciembre del 2018 para aplicar a las deducciones adicionales los pagos por cualquier monto debían ser bancarizados. Y a partir del 2019 solo se exige desde los US$ 1,000 o S/ 3,500”, remarcó el funcionario.

El cambio se dio con el Decreto Supremo N° 248-2018-EF, emitido por el MEF el 3 de noviembre del 2018 y entró en vigencia desde el 1ro de enero del 2019.

Los pagos en efectivo que se realicen este año servirán para aplicar deducciones y solicitar una devolución de impuestos en el 2020.

Cabe recordar que las personas naturales tienen una deducción automática anual de 7 UIT (S/ 29,400) para el pago del Impuesto a la Renta (IR), que se realiza sin sustentación, por lo que aquellos contribuyentes con ingresos menores a S/ 2,100 mensuales, en promedio, no accederán a la deducción adicional de hasta 3 UIT.

Así, solo los contribuyentes con ingresos anuales superiores a 7 UIT, podrán descontar otras 3 UIT (S/ 12,600) en base a ciertos gastos.

Fuente: gestion.pe

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Sunat: ¿Qué gastos podrá deducir desde este lunes 18 y cuándo lo podrá cobrar?

Trabajadores que pagaron Impuesto a la Renta en el 2018 podrán solicitar la devolución por gastos adicionales desde este lunes. La Sunat tiene hasta abril para responder a la solicitud y emitir el cheque de devolución.

Desde este lunes 18 de febrero, los trabajadores independientes (cuarta categoría) y dependientes (quinta categoría) que hayan pagado su Impuesto a la Renta (IR) en el ejercicio del 2018 podrán solicitar la devolución de impuestos por gastos adicionales, mediante un formulario virtual en la web de la Sunat. El monto máximo de la deducción de impuestos es de S/12.450 (3 UIT).

Los trabajadores independientes deberán presentar su declaración jurada anual de impuestos del ejercicio del 2018 y solicitar la devolución de IR pagado en exceso, mediante un formulario virtual en la web de la Sunat.

En el caso de los trabajadores dependientes, solo estarán obligados a presentar su declaración jurada si cuentan con la deducción por el pago de intereses en un crédito hipotecario distinto a los del Fondo MiVivienda. El resto de gastos deducibles para estos trabajadores tendrá devolución automática.

La mayoría de la información de los gastos deducibles de los contribuyentes es monitoreado por la Sunat, al estar bancarizados o tratarse de recibos electrónicos, según Walker Villanueva, socio de Philippi Prietocarrioza Ferrero DU & Uría. Por ello, gran parte de estos gastos ya estarán ingresados automáticamente en el Formulario Virtual N.° 707 – Renta Anual 2018 – Persona Natural.

La Sunat tiene 45 días hábiles para responder a la solicitud y emitir el cheque de devolución, en abril, especificó Villanueva.

QUÉ SE PUEDE DEDUCIR
Para el ejercicio del 2018, las gastos deducibles son aquellos determinados en el 2017:

– Créditos hipotecarios: Los intereses por crédito hipotecario de primera vivienda son deducibles; ello incluye los intereses del crédito MiVivienda y Techo Propio. El Gobierno eliminó estos gastos para que sean deducibles a partir del ejercicio del 2019.

– Servicios de médicos y odontólogos que califiquen como rentas de cuarta categoría.

– Recibos de profesionales: Se podrá deducir los servicios que califiquen como rentas de cuarta categoría como el de abogado, analista de sistema de computación, arquitecto, enfermero, entrenador deportivo, fotógrafo y operadores de cámara, cine y TV., ingeniero, intérprete y traductor, nutricionista, obstetriz, psicólogo, tecnólogos médicos, y veterinario. Desde el ejercicio del 2019 recién aplicará las deducciones de todo tipo de profesión.

– Alquiler de inmuebles: Si vive en un inmueble arrendado, debe exigir que le entreguen el pago del 5% del IR, lo cual aparecerá automáticamente en el Formulario.

– Seguro social de salud del trabajador del hogar: Las aportaciones a Essalud del trabajador del hogar serán deducidas siempre que haya sido pagada a través del Formulario N° 1676.

Fuente: elcomercio.pe

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